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Guía básica del nuevo Código de Policía

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Bogotá, 14 de enero de 2017. El nuevo Código de Policía que empieza a regir desde este 30 de enero se encuentra lleno de contradicciones, Revista Hekatombe le muestra los aspectos positivos y los aspectos negativos del nuevo Código, que no había sido refrendado desde hace 46 años.
Aspectos negativos

Entre las nuevas espectacularidades de este código se encuentra la posibilidad de entrar en cualquier domicilio e institución educativa sin una orden escrita en un momento de “imperiosa necesidad”, se da autorización a ingresar cuando se generen conductas que “afecten la convivencia” en seis casos específicos: el primero cuando no se tenga confiabilidad sobre la identidad de cierta persona, el segundo para establecer si porta armas o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la convivencia, el tercero si hay sospechas de que la persona haya robado, el cuarto cuando la persona tiene drogas o sustancias prohibidas, el quinto si se hace necesario prevenir alguna conducta contraria a la convivencia y, por último, si se debe garantizar la seguridad de asistentes a un evento. En caso de que se ingrese al domicilio, la policía solo debe rendir un informe escrito a su superior del por qué se allanó la propiedad.

Otra joyita de este nuevo reglamento indica la posibilidad de que todo procedimiento policivo (incluyendo manifestaciones, mítines, huelgas, etc.) pueda ser grabado sin que se pueda impedir, salvo casos excepcionales y por personal autorizado, que por supuesto no se sabe quién es.

De otro lado, uno de los puntos controversiales es la obligación de avisar cuando se ha de realizar una manifestación o protesta social y el permiso de disolverlas cuando las autoridades policiales lo crean pertinente.

Otra nueva normativa es la prohibición de realizar grafitis con la necesidad de reparar daños, aunque la policía no pueda ejercer fuerza ni incautar pinturas ni demás instrumentos de este arte.

En cuanto al espacio público, el nuevo Código prohíbe explícitamente la ocupación de este, obligando a las autoridades a, en un plazo de seis meses, definir medidas para garantizar el trabajo de las personas ambulantes fuera del espacio público; Esto incluye a los vendedores ambulantes en transporte público.

Otra norma es la multa para la evasión del pago de medios de transporte masivos (Transmilenio, Mio, Metro, etc.), dicha multa está estimada en ocho salarios mínimos legales diarios (196.724); aunque como aspecto positivo se evidencia la multa a quienes impidan el ingreso o salida de los medios de trasporte masivos a mujeres embarazadas, niños, adultos mayores y personas con alguna clase de discapacidad, así como para personas que transporten mascotas sin la reglamentación correspondiente. Podrán recibir multas los que no respetan filas, sillas preferenciales o no cedan el puesto a personas en condición vulnerable, así como quienes irrespeten a quienes se transportan en el medio.

Otro de los aspectos negativos es el uso de armamento como taser, la fuerza pública podrá usar medios de apoyo de carácter técnico, tecnológico o de otra naturaleza para mantener la seguridad, “de tratarse de medios de apoyo que puedan afectar físicamente a la persona, deberán ser usados bajo los criterios de necesidad, proporcionalidad y racionabilidad según las circunstancias específicas; su empleo se hará de manera temporal y solo para controlar a la persona”.

Y si se pensaba tomar sus “chorros” en un parque como el de los hippies en Bogotá, en el alto de la loma en Cali o en “La Curva” en Medellín, la ocupación indebida del espacio público también será objeto de multa y castigo por parte de la fuerza policiva.

Aspectos positivos

Como se aprieta (bastante) pero no se ahorca, el nuevo Código de Policía sanciona el exceso de ruido, dándoles la posibilidad de decomisar los equipos de sonido y hasta quitar la electricidad y, por supuesto, asegurarle su multa. Así que si usted tiene el vecino que le pone el carro con música a las once de la noche, o el vecino vallenatero que no deja dormir a las cinco de la mañana, próximamente podrá dormir en paz (pero no la paz de Santos, paz de verdad).

Otra de las multas que contempla el nuevo Código de Policía son las referentes al uso de objetos robados por parte de cualquier ciudadano, esto para evitar el robo masivo de celulares y el mercado negro respecto a este.

Una de las novedades que se encuentran es la restricción a la violación de intimidad de las redes sociales sean multadas y penalizadas sin importar la persona que sea y su relación con el ciudadano afectado. De igual manera será sancionada la fabricación, porte, transporte y uso de artículos pirotécnicos sin el respectivo permiso, así como el porte y uso de armas de fogueo y demás artículos denominados “armas no letales”.

Por último, se sanciona el realizar necesidades fisiológicas en vías, y obligando a los establecimientos públicos a prestar sus baños de manera gratuita a mujeres embarazadas, niños y adultos mayores.

En términos globales, los castigos y multas van desde $98.000 cuando son las de Tipo 1, como por ejemplo no recoger las heces de su mascota; Las multas Tipo 2 desde $196.720, un ejemplo de ellas es el porte de armas blancas y armas de fogueo, Las multas Tipo 3 que van por los $393.440 si por ejemplo hacer ruido, o fiestas a volumen alto. Las multas Tipo 4, dentro de las que se encuentra arrojar basuras $786.880.

Saque pues, usted, sus propias conclusiones.

 

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